dimecres, 19 d’octubre del 2016

~ CULTURA PREVENTIVA~



El concepto de "cultura de seguridad" nace en los años 80 vinculados alos accidantes mayores y en concreto al accidente nuclear de hernobyl, pasando a ser denominado "cultura preventiva", entendiendose como la capacidad global de una organizacion para garantizar el funcionamiento efiacazde sus sistemaas de gestión de seguridad y salud, la ausencia de esta capacidad aumenta la psibilidad de fallos del sistema. La Cultura Preventiva por lo tanto es un elmento clave para el desempeño óptimo de las organizaciones en materia de seguridady salud. Así las empresas comienzan a tner resultados positivios de redducción de siniestralidad cuando comienzan a aplicar normas e interviene en tecnologia, en esta tapa las inversiones se realizan en mejoras de ingenieria (equipos y procesos) y se conmienza a poner enfasis en la seguridad.

https://imastres.es/cultura-preventiva-i/

Crear cultura preventiva es educar par acrear conciencia, adoptar nuevas conductas y una actitud responsable y de respeto por la protección de las vidas, el entorno, por las faturas generaciones; cultura de la prevención implica una actitud colectiva que solo puede construirte mediante un largo proceso social. El objetivo de crear cultura preventiva en la empresa de fundamntarse en el compromiso y en la participación. Es un medio para reducir la sinietrlidad laboral y mejorar la competitividad de la empresa.
Las dimesiones Compromiso, Dinamización y Aprendizaje, son referente de buenas prácticas, tanto desde el punto de vista de la transeferencia como de la innovación y generación de nuevas experencias.
Compromiso: Se trata de estrategias positivas para mejorar la seguridad y salud, por parte de los diferentes niveles de direeción y supervición de una empresa. Por ejemplo:
  • Implicación de la Dirección y la cadena de mando.
  • Apoyo de los mandos intermedios a conductas de seguridad.
  • Coordinación de actividades empresariales ocurrentes.
  • Actitud preventiva como factor de promoción profesional



Dinamización: Es la forma práctica en que se traduce el compromiso, mediante la movilización de recursos y la implementación de actividades para implicar a toda la organización cotidiana de la prevención activa en confianza y participación. Por ejemplo:
  • Sistemas de notificación de incidencias
  • Generación de entornos de confianza
  • Promoción y estímulo de iniciativas
  • Capacitación para la resolución de problemas.
Aprendizaje: Es el esfuerzo continuado que realiza una organización por sostener y mejorar la gestión de la prevención, mediante sustemas de notificación e información, investigación de incidencias y transferencia del conocimiento a la práctica.
  • Sistemas de información
  • Observaciones de trabajo
  • Evaluación del esfuerzo preventivo
  • Correción de fallos   
http://www.diba.cat/documents/467843/44174644/ComoGeneralCulturaPreventiva_28-4-2015.pdf/51a36b01-33b1-4ce1-b8d9-d31f2e899a35

Por otra parte tanto el empresaio como el trabajador tienen obligaciones que tiene que seguir al pie de las intrucciones.

Por parte del empresario: La normativa de prevención de riesgos laborables establece que el empresario tiene el deber de proteger a los trabajadores frente a los riesgos producidos en el entorno de trabajo; así como llevar la prevención, mediante la adopción de las medidas qe sean necesarias.


Areas de actuación mas relevantes:


  • El empresario tiene el deber de proteger a los trabajadores frente a los riesgos laborales.
  • Planificar la producción, integrando la prevención.
  • Informar y formar a los trabajadores en los riesgos generales y específicos existentes en la empresa, así como en la prevención de los mismos.
  • En caso de riesgo grave e inminente, adoptar las medidas necesarias para que los trabajadores puedan interrumpir su actividad y abandonar, si fuera necesario, el lugar de trabajo. 

 Por parte del trabajador :Según el artículo 29 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales corresponde a cada trabajador la obligación de velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.

Los trabajadores deberán:
  • Cooperar con el empresario para garantizar unas condiciones de trabajo seguras.
  • Utilizar correctamente las herramientas y medios con los que desarrollen su actividad, los medios y equipos de protección personal, así como los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen, relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que desarrolle la misma. 
  • Comunicar al empresario las situaciones de salud incompatibles con su trabajo
El incumplimiento por parte de los trabajadores de estas obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, se considerará como incumplimiento laboral, regulado en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores. 
http://www.prevencion.ceg.es/index.php/prevencion/obligaciones-del-empresario


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